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mayo  14, 2024

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Régimen Penal Cambiario: legalidad del contado con liquidación

-Comentario al fallo “BBVA Banco Francés; D.T.L.; E.J.A.; C.C.A. y otros s/infracción ley 24.144” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico-

Por Ramiro Salaber y Hernán Munilla Lacasa


“Las operaciones de contado con liquidación, que implican la compra y venta de títulos públicos, no constituyen operaciones de cambio en sentido técnico, más allá de cual haya sido la finalidad de los operadores. Inclusive, si lo que se busca es cambiar de moneda sin pasar por el mercado oficial, la conducta descripta resulta igualmente atípica desde el punto de vista objetivo; tal situación tampoco se ve modificada si las operaciones son simultáneas, lo que no estaba prohibido a la época en que ocurrieron los hechos.”

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Términos mencionados en esta doctrina: títulos, exterior, operaciones, moneda, operación, clientes, liquidación, nacional, públicos, bancaria.

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